Fecha de Inicio: 15/07/2026 12:00:00 |
Fecha Finalización: 24/08/2026 12:00:00
| Precio salida | 100.000,00 € |
| Valoración | 1.491.295,00 € |
| Precio Estimado | 1.491.295,00 € |
| Siguiendo | 300 |
Detalles del activo
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Lote de stock de bebidas procedente de empresa importadora.
de empresa importadora de bebidasUbicacion: Poligono Atalaya-Alicante
Se informa a los interesados de que será posible realizar una visita al activo con carácter previo a la subasta, exclusivamente mediante cita concertada.
Para solicitar una visita, deberán remitir un correo electrónico a info@concurslesonline.com, indicando sus datos de contacto, a fin de coordinar la fecha y hora de la misma.
PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES DE LA SUBASTA EXTRAJUDICIAL
Primera. Objeto de la venta
El lote de bebidas objeto de la presente subasta se transmite libre de cargas y embargos. Una vez satisfecho íntegramente el precio de adjudicación, la Administración Concursal solicitará al Juzgado competente, en su caso, la cancelación de las cargas y anotaciones que pudieran recaer sobre los bienes objeto de venta, siempre que las mismas sean legalmente cancelables o redimibles.
La adjudicación tendrá carácter provisional hasta su aceptación expresa por la Administración Concursal, quien resolverá conforme al interés del concurso, al Plan de Liquidación y a la normativa concursal aplicable, pudiendo aceptar o rechazar la mejor oferta o acordar una nueva subasta si lo estimara conveniente.
Segunda. Estado de los bienes
Los bienes se transmiten como cuerpo cierto, en el estado físico, jurídico, de conservación y funcionamiento en que se encuentren en la fecha de adjudicación, estado que el licitador declara conocer y aceptar por el mero hecho de participar en la subasta.
La venta se realiza sin garantía alguna, con expresa exclusión de saneamiento por vicios aparentes u ocultos, defectos, faltas de calidad, cantidad, estado de conservación, funcionamiento, obsolescencia, deterioro, caducidad o cualquier otra circunstancia que pudiera afectar a los bienes.
En consecuencia, el adjudicatario renuncia expresamente a ejercitar cualquier acción de resolución, rescisión, revisión del precio o reclamación indemnizatoria derivada del estado de los bienes.
Será igualmente de cuenta y cargo exclusivo del adjudicatario el desmontaje, manipulación, carga, transporte y retirada del lote, así como los daños o desperfectos que pudieran ocasionarse durante dichas operaciones.
Tercera. Gastos, impuestos y honorarios
Los honorarios y gastos de gestión de la entidad especializada encargada de la organización y desarrollo de la subasta ascienden al DIEZ POR CIENTO (10%) del importe de la puja, más el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) correspondiente, entendiéndose aceptados por el licitador desde el momento de la presentación de su oferta.
Dichos honorarios y gastos de gestión no están incluidos en el importe de la puja, por lo que el adjudicatario vendrá obligado a abonarlos de forma independiente y adicional al precio de adjudicación.
Asimismo, el importe de la puja o precio de adjudicación se entenderá siempre expresado sin incluir el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), cuando dicho impuesto resulte legalmente aplicable. En consecuencia, el adjudicatario vendrá obligado a abonar, además del importe de la puja aceptada, el IVA correspondiente al tipo vigente en la fecha de la transmisión, así como los honorarios de la entidad especializada y el IVA devengado sobre dichos honorarios.
La obligación de pago de los honorarios nace desde el momento en que la Administración Concursal comunique la aceptación de la oferta, con independencia de que la compraventa llegue posteriormente a formalizarse, salvo que ello resulte imposible por causa exclusivamente imputable al vendedor o a la propia Administración Concursal.
El impago total o parcial de los honorarios facultará a la Administración Concursal y a la entidad especializada para dejar sin efecto la adjudicación, adjudicar el lote al siguiente mejor postor, retener las cantidades entregadas y reclamar judicialmente los importes adeudados.
Asimismo, el incumplimiento devengará automáticamente, conforme a los artículos 1152 y siguientes del Código Civil, una cláusula penal equivalente al VEINTE POR CIENTO (20%) del importe de los honorarios devengados, sin necesidad de requerimiento previo y compatible con la reclamación de los daños y perjuicios que legalmente procedan..
Cuarta. Pujas
El incremento mínimo entre ofertas será de 5.000 €
Toda oferta presentada tendrá carácter irrevocable, firme y vinculante para el licitador hasta la resolución definitiva del procedimiento de adjudicación.
Quinta. Depósito y pago del precio
Una vez notificada la adjudicación provisional, el adjudicatario dispondrá de cinco (5) días naturales para efectuar:
- el ingreso del cinco por ciento (5%) del importe de su oferta en la cuenta designada por la Administración Concursal (ES88 2100 5800 4702 0005 3788, o aquella que la sustituya); y
- el pago íntegro de los honorarios de la entidad especializada en la cuenta ES34 2100 1939 3202 0013 0690, o en la que oportunamente se indique.
El resto del precio deberá satisfacerse al contado mediante transferencia bancaria en el momento del otorgamiento de la escritura pública o, cuando proceda, del correspondiente contrato privado de compraventa, que deberá formalizarse dentro del plazo máximo de VEINTE (20) días naturales desde el ingreso del depósito, salvo prórroga autorizada expresamente por la Administración Concursal.
Sexta. Entrega y retirada del lote
La posesión del lote únicamente se entregará una vez acreditado el pago íntegro del precio y de los honorarios correspondientes.
La retirada de los bienes deberá efectuarse dentro del plazo máximo de DIEZ (10) días naturales desde el pago total del precio.
Todos los gastos de desmontaje, manipulación, carga, transporte, personal, maquinaria, permisos, seguros, limpieza, gestión de residuos y cualquier otro necesario para la retirada serán asumidos íntegramente por el adjudicatario.
Los riesgos sobre los bienes se entenderán transmitidos al adjudicatario desde el momento del pago íntegro del precio.
Séptima. Incumplimiento
La falta de ingreso, dentro del plazo establecido, del depósito del 5% o de los honorarios de la entidad especializada supondrá el desistimiento automático del adjudicatario provisional, quedando facultada la Administración Concursal para adjudicar el lote al siguiente mejor postor o convocar una nueva subasta.
Si el adjudicatario no compareciera a formalizar la compraventa o no abonara el resto del precio dentro del plazo previsto, perderá automáticamente el depósito constituido, que se integrará en la masa activa del concurso, sin perjuicio de:
- la obligación de satisfacer íntegramente los honorarios de la entidad especializada;
- la aplicación de la cláusula penal prevista en este pliego;
- la reclamación de cuantos daños y perjuicios adicionales pudieran derivarse del incumplimiento.
Octava. Normativa aplicable
En todo lo no previsto expresamente en el presente Pliego serán de aplicación el Texto Refundido de la Ley Concursal, el Plan de Liquidación aprobado judicialmente, las resoluciones dictadas por el Juzgado competente durante la tramitación del procedimiento y, con carácter supletorio, el Código Civil y demás normativa que resulte aplicable.
La participación en la subasta supone la aceptación expresa, íntegra e incondicionada de todas y cada una de las cláusulas contenidas en el presente Pliego, sin reserva alguna.
- Gastos de gestión no incluidos en la puja/oferta: 10,00%
| Juzgado Mercantil | Tribunal de Instancia nº 2 de Alicante |
| Auto juzgado mercantil | 392/2026 |
| Fecha de aprobación | 2026-05-27 |
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Plan de liquidación
Inventario valorado
Inventario
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